Respuesta breve
La clasificación TD corresponde al cónyuge y a los hijos solteros menores de 21 años de la persona titular de una visa TN (8 CFR 214.6(j)). En la ruta consular mexicana, cada familiar es un solicitante completo: presenta su propio formulario DS-160, paga su propia cuota de solicitud de US$185, acude a su cita en el Centro de Atención al Solicitante (CAS) y se presenta a su entrevista consular. Con la TD se puede estudiar en Estados Unidos; no se puede trabajar. La vigencia de la TD sigue la del estatus TN.
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Quiénes pueden pedir la clasificación TD
La norma de la visa TN reserva la clasificación TD para dos grupos de familiares de la persona admitida en estatus TN: el cónyuge y los hijos solteros menores de edad — en la práctica, los hijos solteros menores de 21 años. Esos familiares pueden ser admitidos inicialmente, readmitidos, o recibir un cambio de estatus o una extensión de su periodo de estancia por el mismo periodo concedido a la persona TN, y al aprobarse quedan clasificados como no inmigrantes TD (8 CFR 214.6(j)(1)).
El Departamento de Estado lo resume así en su página sobre profesionales T-MEC: el cónyuge y los hijos solteros menores de edad pueden solicitar visas TD para acompañar a la persona titular o reunirse con ella después, y el cónyuge y los hijos ciudadanos mexicanos deben solicitar visas TD de no inmigrante. Quien se reúne después con la persona titular debe mostrar el Formulario I-94 vigente de esa persona, como constancia de que mantiene su estatus TN.
La relación familiar se acredita con documentos civiles: el acta de matrimonio para el cónyuge y las actas de nacimiento de los hijos. Esta página describe la regla general; no determina la situación de ninguna familia en particular.
Cada familiar sigue su propio trámite consular
El Departamento de Estado señala que cada persona que necesita una visa debe presentar una solicitud por separado, incluidos los familiares que aparecen en el pasaporte de otra persona. Para una familia mexicana, eso significa que el trámite TD reproduce, persona por persona, los pasos de cualquier solicitud de visa de no inmigrante en México:
- Formulario DS-160 propio. Cada familiar llena y envía su propio DS-160 y conserva su página de confirmación. El paso a paso está en la guía del DS-160 para la visa TN.
- Cuota de solicitud propia (MRV) de US$185. La cuota se paga por solicitante, no por familia, y no es reembolsable. El detalle de cuotas está en la guía de costos de la visa TN para mexicanos.
- Cita en el CAS. Cada solicitante acude al Centro de Atención al Solicitante para la toma de fotografía y huellas, según las instrucciones del sistema oficial de citas.
- Entrevista consular. Desde el 1 de octubre de 2025, la actualización del Departamento de Estado sobre la exención de entrevista establece que los oficiales consulares por lo general requieren una entrevista en persona de todos los solicitantes de visa de no inmigrante, incluidos los menores de 14 años y los mayores de 79. Las categorías que conservan la exención son limitadas — visas diplomáticas y oficiales y ciertas renovaciones de visas de visitante y de trabajo agrícola — y la TD no figura entre ellas. En la misma línea, la página del Departamento de Estado sobre profesionales T-MEC indica que las entrevistas por lo general se requieren, con excepciones limitadas, y que un oficial consular puede requerir la entrevista de cualquier solicitante. Las instrucciones del consulado donde se presenta la solicitud rigen el procedimiento de cada familia.
Estudiar sí, trabajar no
La distinción central de la TD es esta:
- Estudiar: sí. Los familiares en estatus TD pueden estudiar en Estados Unidos. USCIS lo indica en su página sobre profesionales TN, a la que remite el Departamento de Estado para la información sobre empleo y estudios en estatus TD.
- Trabajar: no. La norma dispone que el cónyuge y los hijos solteros menores de edad de una persona admitida en estatus TN «no aceptarán empleo en los Estados Unidos, salvo que otra disposición de la ley lo autorice» (8 CFR 214.6(j)(4), en traducción libre). La clasificación TD no incluye ninguna autorización de empleo propia.
Vigencia TD, el I-94 y la entrada
La TD no tiene un reloj propio: se concede por el mismo periodo de tiempo otorgado a la persona no inmigrante TN (8 CFR 214.6(j)(1)), y la admisión TN se otorga por periodos que no exceden de tres años (8 CFR 214.6(e)). Si el estatus del titular cambia o termina, el de los familiares sigue esa misma suerte, porque la TD deriva de la TN.
La visa en el pasaporte y la estancia autorizada son cosas distintas. La visa permite presentarse en un puerto de entrada y pedir la admisión; al ser admitida, cada persona — titular y cada familiar TD — recibe su propio registro de entrada I-94, que es el documento que muestra la fecha hasta la cual puede permanecer en Estados Unidos en esa admisión.
Cuotas de la visa TD
Dos cuotas oficiales pueden aplicar en la ruta consular de cada familiar TD:
- Cuota de solicitud (MRV): US$185 por solicitante. Es la cuota publicada para las visas TN y TD en la página de cuotas del servicio oficial de citas en México, y coincide con la cuota de US$185 que el Departamento de Estado lista en su página de profesionales T-MEC. Se paga antes de la entrevista y no se reembolsa.
- Cuota de reciprocidad (emisión). La tabla oficial de reciprocidad del Departamento de Estado para México contempla una cuota de emisión también para la clasificación TD, con la misma estructura que la de la TN. Esa cuota solo se paga si la visa se expide. Los montos vigentes se confirman directamente en la tabla de reciprocidad para México.
El desglose completo de costos de una solicitud TN en México está en la guía de costos de la visa TN para mexicanos.
Preguntas frecuentes
¿Mi esposo o esposa puede trabajar con una visa TD?
No. La norma establece que el cónyuge y los hijos solteros menores de edad de una persona admitida en estatus TN no pueden aceptar empleo en Estados Unidos, salvo que otra disposición de la ley lo autorice (8 CFR 214.6(j)(4)). La clasificación TD, por sí misma, no incluye autorización de empleo.
¿Mis hijos pueden estudiar con la visa TD?
Sí. Las personas en estatus TD pueden estudiar en Estados Unidos. El Departamento de Estado remite a la página de USCIS sobre profesionales TN para la información sobre empleo y estudios en estatus TD, y esa página indica que los familiares TD pueden estudiar, pero no trabajar.
¿Cada hijo paga la cuota de solicitud?
Sí. Cada persona que necesita una visa presenta su propia solicitud y paga su propia cuota de solicitud (MRV) de US$185. Una familia de tres solicitantes TD paga tres cuotas.
¿Cuánto dura la clasificación TD?
La TD se otorga por el mismo periodo concedido a la persona titular TN (8 CFR 214.6(j)(1)), y la admisión TN se otorga por periodos de hasta tres años. Al entrar a Estados Unidos, cada familiar recibe su propio registro I-94 con su fecha de salida autorizada.
¿Los menores también deben presentarse a una entrevista?
Por regla general, sí. Desde el 1 de octubre de 2025, la actualización del Departamento de Estado sobre la exención de entrevista establece que los oficiales consulares por lo general requieren una entrevista en persona de todos los solicitantes, incluidos los menores de 14 años, y la clasificación TD no figura entre las pocas categorías con exención. Las instrucciones del consulado y del sistema de citas rigen cada caso.
Fuentes
- eCFR: 8 CFR 214.6, Ciudadanos de Canadá o México que buscan entrada temporal bajo el T-MEC (apartado (j), familiares TD)
- Departamento de Estado: Visas para profesionales canadienses y mexicanos del T-MEC
- Servicio oficial de citas (AIS) México: cuotas de la visa
- Departamento de Estado: tabla de reciprocidad para México
- USCIS: Profesionales TN del T-MEC (empleo y estudios en estatus TD)
- Departamento de Estado: cuotas por servicios de visa
Última revisión: 19 de octubre de 2026. Información general, no asesoría legal. Las reglas y las cuotas cambian; confirme los datos en las fuentes oficiales antes de su cita.