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Guía · Credenciales y documentos

Título y cédula profesional: la credencial que pide la visa TN

Cada profesión de la lista del TMEC pide una credencial concreta, y para la mayoría es un título de licenciatura. Para quien estudió en México, el manual que usan los oficiales consulares dice qué documentos acreditan ese grado: el título profesional y la cédula profesional. Esta página recoge esa regla, la excepción que no funciona —la carta de pasante— y lo que el reglamento exige para traducciones y títulos de otros países.

Última revisión: octubre de 2026Para ciudadanos mexicanosInformación general, no asesoría legal

Respuesta breve

El reglamento TN (8 CFR 214.6) reproduce la lista de profesiones del TMEC con la credencial mínima de cada una; en la mayoría de los casos es un «Baccalaureate or Licenciatura Degree». Para estudios cursados en México, el manual consular del Departamento de Estado (9 FAM 402.17-5(C)) indica que el solicitante puede presentar la cédula profesional o el título universitario como evidencia de haber completado la licenciatura, y que la carta de pasante no es evidencia suficiente de ese grado.

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La credencial la fija la lista, profesión por profesión

La clasificación TN no pide «un título universitario» en abstracto: pide la credencial que el Apéndice 2 del Anexo 16-A del TMEC asigna a cada profesión. El reglamento 8 CFR 214.6(c) reproduce esa lista con sus requisitos mínimos. Algunos ejemplos, en el texto del reglamento:

  • Contador (Accountant): «Baccalaureate or Licenciatura Degree; or C.P.A., C.A., C.G.A., or C.M.A.»
  • Ingeniero (Engineer): «Baccalaureate or Licenciatura Degree; or state/provincial license».
  • Economista (Economist): «Baccalaureate or Licenciatura Degree».

La documentación de la solicitud debe respaldar esa credencial. El reglamento 8 CFR 214.6(d)(3)(ii) describe la documentación que demuestra las actividades profesionales y las calificaciones del solicitante, y señala que debe estar respaldada por diplomas, títulos o membresías en organizaciones profesionales («supported by diplomas, degrees or membership in a professional organization»). La lista completa de profesiones con la credencial de cada una está en la guía de profesiones TN del TMEC.

Estudios en México: el título y la cédula profesional

El Manual de Asuntos Exteriores (Foreign Affairs Manual, FAM) es la guía interna que siguen los oficiales consulares al decidir visas. Su sección TN, 9 FAM 402.17-5(C)(1), trata expresamente el caso mexicano:

“Mexican citizens may present either a cedula professional (a professional credential issued by the Public Education Secretariat [SEP]) or a título (a university diploma) as evidence of the completion of a degree program for categories which require the equivalent of a bachelor’s degree (“licenciatura”). An applicant may present a cedula professional issued by one of the Mexican state governments, which is also a recognized credential.”

En síntesis: para las profesiones cuya credencial es la licenciatura, los documentos que acreditan el grado son el título profesional —el diploma universitario— y la cédula profesional, la credencial que expide la Secretaría de Educación Pública. La cédula expedida por un gobierno estatal también es una credencial reconocida, según el mismo pasaje.

La carta de pasante no basta

El mismo apartado del manual trata el documento que con frecuencia se confunde con el título. La carta de pasante acredita que su portador concluyó los cursos de la carrera, pero el manual consular establece que no prueba la conclusión del grado:

“A carta de pasante does not provide sufficient evidence of the bearer’s completion of a bachelor’s degree equivalent as it only attests to the bearer’s completion of the coursework required for a degree and not the full completion of all degree requirements for the licenciatura.”

La distinción que hace el manual es entre terminar las materias y cumplir todos los requisitos del grado: la carta de pasante cubre lo primero; el título y la cédula acreditan lo segundo.

Dos reglas del manual sobre el título

El campo del título no siempre tiene que coincidir exactamente. Según 9 FAM 402.17-5(C)(2), cuando la lista exige un título, este no tiene que ser necesariamente del campo específico del puesto si existe una coincidencia significativa entre la materia del título y el trabajo que se va a realizar; el manual pone el ejemplo de una persona con título en química que realizaría el trabajo de bioquímico.

La experiencia no sustituye el título exigido. El manual señala que, cuando una profesión requiere un título específico, una combinación de educación y experiencia no puede usarse como sustituto de ese título (9 FAM 402.17-5(C)), y que si la lista exige el grado, la experiencia no puede reemplazarlo (9 FAM 402.17-4(A)). Algunas profesiones de la lista sí contemplan credenciales alternativas o experiencia además del título; son las que el propio Apéndice 2 indica para esa profesión.

Traducciones al inglés

El título y la cédula están en español, y el reglamento de USCIS fija cómo se presentan los documentos en idioma extranjero ante esa agencia. El texto de 8 CFR 103.2(b)(3) dice:

“Any document containing foreign language submitted to USCIS shall be accompanied by a full English language translation which the translator has certified as complete and accurate, and by the translator’s certification that he or she is competent to translate from the foreign language into English.”

Es decir, el documento en otro idioma se acompaña de su traducción completa al inglés, con dos certificaciones del traductor: que la traducción es completa y exacta, y que el traductor es competente para traducir de ese idioma al inglés.

Títulos obtenidos fuera de México, Canadá y Estados Unidos

Para los títulos de instituciones ubicadas fuera de los tres países del TMEC, el reglamento añade un requisito: la evaluación de credenciales. El texto de 8 CFR 214.6(d)(3)(ii) dice:

“Degrees received by the applicant from an educational institution not located within Canada, Mexico, or the United States must be accompanied by an evaluation by a reliable credentials evaluation service which specializes in evaluating foreign educational credentials.”

La evaluación la emite un servicio confiable especializado en credenciales educativas extranjeras y acompaña al título al presentar la documentación. Los títulos otorgados por instituciones de México, Canadá o Estados Unidos no llevan este requisito en el texto del reglamento.

Profesiones de la salud: un certificado adicional

Para las ocupaciones de salud enumeradas en 8 CFR 212.15(c) —entre ellas enfermería registrada, terapia ocupacional, fisioterapia, patología del habla y audiología, tecnología médica y asistencia médica (physician assistants)—, la persona que busca entrar a Estados Unidos a ejercer esa ocupación debe presentar, además de su credencial TN, un certificado de una organización de acreditación aprobada, conforme a 8 CFR 212.15(a)(1). Según el apartado (d)(1) del mismo reglamento, el certificado se presenta ante el oficial consular al momento de la expedición de la visa y ante el Departamento de Seguridad Nacional al momento de la admisión. El propio reglamento exceptúa a los médicos de este requisito (apartado (b)(1)).

Preguntas frecuentes

¿Qué documento acredita la licenciatura de un mexicano: el título o la cédula profesional?

Cualquiera de los dos. El manual consular (9 FAM 402.17-5(C)) indica que los ciudadanos mexicanos pueden presentar la cédula profesional —expedida por la Secretaría de Educación Pública o por un gobierno estatal— o el título universitario como evidencia de haber completado el programa de estudios equivalente a la licenciatura.

¿La carta de pasante sirve para la visa TN?

No como prueba de la licenciatura. El manual consular establece que la carta de pasante no es evidencia suficiente de haber completado el equivalente a un bachelor’s degree, porque solo acredita la conclusión de los cursos del programa y no el cumplimiento de todos los requisitos del grado de licenciatura.

¿La experiencia laboral puede sustituir el título cuando la lista pide un título?

No. El manual consular señala que, cuando una profesión requiere un título específico, una combinación de educación y experiencia no puede usarse como sustituto de ese título, y que cuando la lista exige el grado, la experiencia no lo reemplaza.

¿Los documentos en español necesitan traducción al inglés?

Para los documentos que se presentan ante USCIS, sí: 8 CFR 103.2(b)(3) exige que todo documento en un idioma extranjero se acompañe de una traducción completa al inglés, certificada por el traductor como completa y exacta, junto con la certificación de que el traductor es competente para traducir de ese idioma al inglés.

¿Qué pasa si el título se obtuvo fuera de México, Canadá y Estados Unidos?

El reglamento (8 CFR 214.6(d)(3)(ii)) exige que los títulos de instituciones ubicadas fuera de esos tres países vayan acompañados de una evaluación de un servicio confiable de evaluación de credenciales, especializado en credenciales educativas extranjeras.

Fuentes

Última revisión: 19 de octubre de 2026. Información general, no asesoría legal. Las reglas y las cuotas cambian; confirme los datos en las fuentes oficiales antes de su cita.

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