Respuesta breve
Esta página reúne 25 preguntas frecuentes sobre la visa TN para ciudadanos mexicanos, con respuestas cortas basadas en las fuentes oficiales enlazadas al final. La ruta que recorre casi todas las respuestas es la misma: empleo prearreglado, formulario DS-160, pago de la cuota MRV de US$185, cita en el CAS, entrevista consular, devolución del pasaporte por mensajería y admisión de CBP con un I-94 de hasta tres años.
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Proceso: la ruta consular
¿Por dónde empieza el trámite de la visa TN si soy mexicano?
Empieza con el empleo, no con el formulario. Primero debe existir un empleo prearreglado con un empleador en Estados Unidos, en una profesión de la lista del T-MEC. Con ese empleo se llena el formulario DS-160 en línea, se paga la cuota MRV de US$185 y se programan las dos citas: la del Centro de Atención al Solicitante (CAS) y la de la entrevista consular. Después de la entrevista, si la visa se expide, el pasaporte se devuelve por mensajería. Más detalle: la guía de la visa TN para mexicanos.
¿Qué se hace en la cita del CAS y en qué se diferencia de la entrevista consular?
Son dos citas distintas. En el Centro de Atención al Solicitante (CAS) se toman la fotografía y los datos biométricos del solicitante, antes de la entrevista. En el CAS no se decide la visa. La decisión se toma en la segunda cita, la entrevista en la embajada o el consulado, donde un oficial consular revisa la solicitud y los documentos del empleo y de las credenciales. Por eso la cita del CAS se programa antes de la fecha de la entrevista. Más detalle: la entrevista consular de la visa TN.
¿Cómo me devuelven el pasaporte después de la entrevista?
El consulado no entrega el pasaporte en la ventanilla cuando la visa se expide. El pasaporte se queda para colocar la visa y después se devuelve por mensajería, al punto de entrega que el solicitante elige dentro del servicio oficial de citas al programar sus citas. Si la visa incluye la cuota de reciprocidad, esa cuota se paga solo porque la visa se expidió. Mientras el pasaporte está en ese paso, el solicitante no cuenta con el documento para viajar. Más detalle: la guía de la visa TN para mexicanos.
¿Tener la visa en el pasaporte significa que la entrada ya está decidida?
No. La visa es el documento que expide el consulado y con el que el viajero se presenta en un puerto de entrada para pedir la admisión. La admisión la decide CBP al momento de la entrada, y al admitir a la persona en estatus TN emite el registro I-94, que marca una estancia de hasta tres años. Por eso la vigencia impresa en la visa y la duración de la estancia son dos cosas distintas, con fechas que no necesariamente coinciden. Más detalle: la guía de la visa TN para mexicanos.
¿Puedo volver a solicitar la visa TN después de una negativa?
El oficial comunica el resultado en la entrevista y el pasaporte se devuelve sin visa. La cuota MRV de US$185 no se devuelve, porque es una cuota de solicitud y no depende del resultado. Presentar una nueva solicitud significa repetir el proceso consular, con un nuevo formulario DS-160 y una nueva cuota. Los motivos de cada caso constan en la notificación que entrega el consulado. Si los motivos no son claros, consulta a un abogado de inmigración de EE. UU. Más detalle: la guía de la visa TN negada y el proceso administrativo (221(g)).
La carta de soporte
¿La carta de oferta y la carta de soporte son el mismo documento?
En la ruta TN, el documento central del empleador es la carta de soporte: la carta en la que el empleador estadounidense describe el empleo que respalda la solicitud. No es una carta genérica de oferta. Conforme a 8 CFR 214.6(d)(3), su contenido cubre cinco elementos: la profesión, las actividades profesionales, la duración prevista de la estancia, las credenciales del solicitante y la remuneración acordada. Una carta que omite alguno de esos elementos está incompleta frente a lo que la regulación describe. Más detalle: la carta de soporte TN.
¿La carta de soporte debe decir cuánto voy a ganar?
Sí. La remuneración es uno de los cinco elementos que la regulación, 8 CFR 214.6(d)(3), enumera para la carta de soporte, junto con la profesión, las actividades profesionales, la duración prevista de la estancia y las credenciales. La carta indica los arreglos de pago acordados entre el empleador y el profesional para ese empleo, tal como el empleador los ofrece. Ese dato forma parte del mismo documento que describe el puesto, y no se presenta en una carta separada. Más detalle: la carta de soporte TN.
¿Qué actividades debe describir la carta: las del puesto o las de la profesión?
Describe las actividades profesionales del empleo concreto, vinculadas con la profesión de la lista del T-MEC que la misma carta nombra. La profesión es uno de los cinco elementos de 8 CFR 214.6(d)(3) y las actividades son otro: la carta explica qué hará el profesional en ese puesto, en términos de la profesión invocada. No basta con copiar el nombre de la profesión ni con describir un puesto distinto de las actividades declaradas. Más detalle: la carta de soporte TN.
¿Quién prepara la carta de soporte: el empleador o yo?
La carta de soporte es el documento del empleador estadounidense: sale de la empresa que ofrece el empleo, en su papel y firmada por el empleador, porque afirma datos que solo el empleador establece: la profesión del puesto, las actividades, la duración prevista de la estancia y la remuneración. El solicitante aporta el otro lado del expediente: la evidencia de sus credenciales, como el título y la cédula profesional, que la carta menciona. Más detalle: la carta de soporte TN.
Título y cédula profesional
¿Qué pasa si el nombre de mi carrera no coincide con el nombre de la profesión de la lista?
La lista del T-MEC nombra profesiones, y la carta de soporte declara la profesión invocada junto con las actividades del puesto. Las credenciales se acreditan con los documentos académicos mexicanos: el título y la cédula profesional muestran la licenciatura cursada. Que el nombre de la carrera y el de la profesión de la lista sean distintos es una situación que los documentos deben dejar clara, porque la solicitud presenta la profesión, las actividades y las credenciales como un conjunto. Más detalle: el título y la cédula profesional.
¿Puedo tramitar la TN si todavía no me entregan el título y solo tengo la carta de pasante?
La carta de pasante, por sí sola, no acredita el título. Ese documento constata el avance en los estudios, pero la credencial que la ruta TN revisa es la licenciatura, y en México la licenciatura se acredita con el título y la cédula profesional. Una solicitud presentada solo con la carta de pasante no presenta el documento que acredita el grado. La guía de títulos explica qué acredita cada documento mexicano y en qué momento de la ruta se presenta. Más detalle: el título y la cédula profesional.
¿Mis años de experiencia cuentan como título si no terminé la licenciatura?
La credencial de la mayoría de las profesiones de la lista es la licenciatura, y el documento que la acredita en México es el título con su cédula profesional. La experiencia laboral es un dato distinto: puede formar parte del historial del solicitante y de lo que la carta de soporte describe sobre sus credenciales, pero no es el documento académico que acredita el grado. Cada profesión de la lista fija su propia credencial, y esa es la que la solicitud debe acreditar. Más detalle: el título y la cédula profesional.
Estudié mi licenciatura fuera de México, ¿ese título sirve para la TN?
Un título obtenido fuera de México sigue siendo el documento que acredita los estudios, y se presenta junto con la cédula o el documento profesional que corresponda según el país de emisión. Lo que la ruta TN pide es que la credencial de la profesión de la lista quede acreditada con documentos: el título muestra el grado cursado y la carta de soporte declara las credenciales del solicitante como uno de sus cinco elementos. Más detalle: el título y la cédula profesional.
Costos
¿Cuánto paga una sola persona en cuotas oficiales, sin familia?
Para un solicitante, la cuota segura es la MRV: US$185, que se paga por la solicitud antes de las citas y no es reembolsable, se expida o no la visa. A esa suma solo se agrega la cuota de reciprocidad cuando la visa efectivamente se expide; según la tabla oficial de reciprocidad del Departamento de Estado para México, es de US$79 (visa de 12 meses) o US$357 (visa de 48 meses), y no forma parte del pago inicial. Sin expedición de la visa, no hay cuota de reciprocidad. Más detalle: los costos de la visa TN para mexicanos.
¿Tengo que llevar dinero para otra cuota el día de la entrevista?
La cuota que se paga antes de las citas es la MRV de US$185 por solicitante. La otra cuota de la ruta, la de reciprocidad, existe en la tabla oficial del Departamento de Estado para México y se paga solo si la visa se expide, es decir, como consecuencia de una decisión favorable en la entrevista, no como requisito para ser entrevistado. Su monto depende de esa tabla oficial y no se suma al pago inicial de la solicitud. Más detalle: los costos de la visa TN para mexicanos.
¿La cuota de mi esposo o mi esposa está incluida en mi pago de US$185?
No. La cuota MRV es por solicitante: US$185 por la solicitud TN y US$185 por cada solicitud TD. Cada familiar que pide una visa TD es un solicitante completo, con su propio formulario DS-160, su propia cuota MRV, su cita en el CAS y su entrevista. Una familia paga, por tanto, una cuota por cada persona que solicita, y la cuota de reciprocidad, cuando corresponde, también se liga a cada visa que se expide. Más detalle: los costos de la visa TN para mexicanos.
¿Puedo recuperar la cuota MRV si decido ya no seguir con el trámite?
No. La cuota MRV de US$185 es una cuota de solicitud no reembolsable: cubre el registro y la programación de la solicitud, no el resultado ni la conclusión del proceso. Esa condición aplica igual cuando la visa no se expide y cuando el solicitante decide no continuar. Por eso el pago se hace una vez que el empleo prearreglado y los documentos de la ruta están en orden, y cada nueva solicitud requiere una cuota nueva. Más detalle: los costos de la visa TN para mexicanos.
Familia: la visa TD
¿Puede trabajar mi pareja si consigue una oferta de empleo estando en TD?
No con la visa TD. El estatus TD permite acompañar al titular de la TN y residir en Estados Unidos durante la estancia, pero no autoriza a trabajar. Encontrar una oferta de empleo no cambia esa condición mientras la persona permanece en TD. Quien está en TD y quiere trabajar necesita contar con una clasificación propia que autorice el empleo, distinta de la TD. La guía de visas TD describe qué permite y qué no permite esa clasificación. Más detalle: las visas TD para familiares.
¿Mis hijos pueden ir a la escuela en Estados Unidos con la visa TD?
Sí. Los hijos solteros menores de 21 años del titular de una TN pueden solicitar la visa TD, y en estatus TD pueden estudiar en Estados Unidos. La restricción de la TD es el empleo: los familiares en TD no pueden trabajar, pero el estudio sí está permitido, tanto para los hijos como para el cónyuge. Cada hijo es un solicitante completo, con su propio DS-160, su cuota MRV de US$185, su cita en el CAS y su entrevista. Más detalle: las visas TD para familiares.
¿Hay un DS-160 para toda la familia o cada quien llena el suyo?
Sí. No existe un formulario familiar único. Cada familiar TD —el cónyuge y cada hijo soltero menor de 21 años— presenta su propio formulario DS-160, paga su propia cuota MRV de US$185 y acude a su cita en el Centro de Atención al Solicitante (CAS) y a su entrevista consular. Las citas de la familia pueden programarse dentro del mismo proceso de citas del servicio oficial, pero la solicitud y la cuota son individuales para cada persona. Más detalle: las visas TD para familiares.
¿Mi familia tiene que tramitar la TD al mismo tiempo que yo, o puede ser después?
Las dos formas existen en la ruta. El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años pueden solicitar sus visas TD para acompañar al titular desde el inicio o para reunirse con él después, una vez que el titular ya está en Estados Unidos. En ambos casos, cada familiar sigue el proceso completo de un solicitante: DS-160, pago de la cuota MRV de US$185, cita en el CAS y entrevista consular. Más detalle: las visas TD para familiares.
Renovación y cambio de empleador
¿Renovar la visa y extender la estancia son lo mismo?
No. Son dos documentos y dos decisiones distintas. La visa es el documento consular que permite presentarse en un puerto de entrada; la estancia es el periodo que marca el I-94 al ser admitido, de hasta tres años. La estancia puede extenderse con una petición I-129 del empleador ante USCIS, y esa extensión no renueva la visa del pasaporte. Para contar con una visa vigente se repite el proceso consular: DS-160, cuota MRV, CAS y entrevista. Más detalle: renovar la visa TN.
¿Puedo empezar a trabajar con el nuevo empleador mientras se resuelve el cambio?
No. La autorización TN está ligada al empleador y al empleo para los que se otorgó. Un cambio de empleador requiere una autorización nueva —una petición del nuevo empleador o una nueva visa— y esa autorización debe existir antes del primer día de trabajo con el nuevo empleador. Empezar antes de que el cambio esté autorizado es trabajar fuera de los términos de la admisión registrada en el I-94. Más detalle: renovar la visa TN.
¿Si cambio de empleador tengo que sacar una visa nueva o basta una petición?
Existen las dos rutas, y ninguna es automática. El nuevo empleador puede presentar una petición ante USCIS para el nuevo empleo, o el profesional puede obtener una nueva visa repitiendo el proceso consular: DS-160, pago de la cuota MRV de US$185, cita en el CAS y entrevista. En cualquiera de las dos, la autorización corresponde al nuevo empleador y al nuevo empleo descritos en la nueva carta de soporte, no al empleo anterior. Más detalle: renovar la visa TN.
¿Qué fecha debo cuidar para renovar: la de la visa o la del I-94?
La fecha que marca la estancia autorizada es la del I-94: ese registro fija hasta cuándo dura la admisión en estatus TN, por un periodo de hasta tres años. La vigencia impresa en la visa es otra fecha, la del documento de viaje, y no extiende ni acorta la estancia. Al planear una extensión de la estancia o una nueva solicitud consular, la referencia es la fecha del I-94, porque quedarse más allá de esa fecha es permanecer fuera del periodo admitido. Más detalle: renovar la visa TN.
Fuentes
- Departamento de Estado: Visas for Canadian and Mexican USMCA Professional Workers
- Servicio oficial de citas (AIS) México: Visa Fees — cuota MRV de US$185 para TN/TD
- Departamento de Estado: Mexico Reciprocity Schedule — cuota de reciprocidad y vigencia de la visa
- Departamento de Estado: Fees for Visa Services
- eCFR: 8 CFR 214.6 — clasificación TN, carta de soporte, TD, extensiones y cambio de empleador
- CBP: Traveling on a TN or L1 Visa — admisión e I-94
- USCIS: TN USMCA Professionals
Última revisión: 19 de octubre de 2026. Información general, no asesoría legal. Las reglas y las cuotas cambian; confirme los datos en las fuentes oficiales antes de su cita.